Instrucción Pre-Militar
Origen
Formación para la Soberanía Nacional (abreviado F.S.N.) antiguamente llamada Instrucción Premilitar (abreviado I.P.M.),es un área de formación o disciplina académica dictada en Venezuela, a los estudiantes de 4.º y 5.º de Educación Media General y 6.º de Media Técnica Profesional. Bajo el Ministerio del Poder Popular para la Educación y en relación con el Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
En agosto de 2017, para el inicio del periodo escolar 2017-2018, la asignatura fue modificada por la reforma del currículo nacional bolivariano venezolano, transformando parte de su contenido y cambiando su nombre.
Desde hace muchos años atrás en algunos estados e instituciones de estos, ya se estaba cursando esta materia, tanto en la teoría como en la práctica, pero de manera empírica sin tener un basamento académico legal. Partiendo que su estudio es una necesidad de conocimientos y de formación de actitudes y comportamientos nacionalistas. Además, que se hacía mención en muchos documentos importantes de la vida civil y política de Venezuela.
No fue hasta 1981 que el gobierno de Luis Herrera Campins, interesado en la defensa del país y en el esfuerzo por conservar la integridad territorial; a través de una resolución conjunta entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de la Defensa, se decidió implantar en Bachillerato, el ensayado de la Instrucción Premilitar (nombre inicial) en varios estados, como prueba (Distrito Federal, Táchira, Zulia, Monagas, Bolívar y Amazonas). Fueron escogidos por su cercanía con las fronteras.
Evolución de la instrucción Pre-Militar
Las institución militares (milicias) fueron vistas de buena forma ya que contribuyeron a resguardar la nación y el espacio territorial lo cual genero que fueran adaptadas por los republicanos, una vez que se declaro y consolido la independencia y a partir de allí se ha producido un esfuerzo sosteniendo para adecuar la institución militar a las necesidades de los momentos que ha tenido que vivir el país en sus historias. Esta materia o practica a evolucionado a medida de que pasan los años, desde su origen como materia civil, gracias a los primeros estados que desempeñaron e impusieron esta asignatura se ha aumentado los lugares donde se aplica o estudia esta misma.
Bases Legales de la Instrucción Pre-Militar
Las bases legales que fundamentan la Instrucción Premilitar son:
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela De 1999 Art. 79 130 y 322.
Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.
Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.
Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.
Seguridad de la Nación
Artículo 2. La seguridad de la Nación, está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.
Defensa Integral
Articulo 3. Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación.
De la Instrucción Pre-Militar
ARTÍCULO 70.- La Instrucción Premilitar tiene por objeto, proporcionar al joven estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral.
ARTÍCULO 71.- La Instrucción Premilitar a que se refiere el artículo anterior es obligatoria para los alumnos de los dos últimos años de educación secundaria o su equivalente en los planteles educacionales, ya sean estos oficiales o privados.
ARTÍCULO 72.- A los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Título, los Ministerios de la Defensa y Educación coordinarán la elaboración y ejecución de los programas correspondientes
Conclusión
Para culminar con la realización del presente se puede decir que es una materia de vital importancia para la formación integral de cada individuo que surgió con la finalidad de fomentar en los estudiantes amplios conocimientos sobre Venezuela, la cual nivel que el mundo avanzaba y con cada transición que sucedía en nuestro país, esta iba creciendo llegando a crear una tendencia en el desarrollo educacional y cultural.
Cada uno de los puntos que se imparten son respaldados por amplias leyes como: la constitución esta nos dicen que el estado, nuestra familia y otros tienen por deber inculcar, honrar y defender la patria igualmente nuestros valores culturales, principios éticos y morales.
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